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Somos una Asociación de vecinos de vivienda protegida de alquiler con sede en Zaragoza (España).

Inscrita en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón con el nº 01-Z-2693-2009, desde el día 12 de Noviembre de 2009.



martes, 15 de junio de 2010

Estudios de la vivienda protegida de alquiler en España

La dotación de vivienda con algún grado de protección en España ha estado orientada tradicionalmente hacia la vivienda en propiedad. Así, la vivienda pública en forma de alquiler constituye solo el 1%-2% del parque de viviendas, muy lejos de Francia o el Reino Unido, que tienen tasas superiores al 15%.
La asignación de vivienda protegida en propiedad, en tanto que su volumen es muy limitado y la demanda muy alta, toma la forma de una lotería en que muy pocos beneficiados reciben una subvención muy elevada. Además, una vez obtenida la vivienda, los cambios de la renta del hogar no suponen la pérdida o la devolución de la subvención disfrutada. De hecho, el régimen de protección vinculado a la vivienda tiene un periodo fijo de 30 años (como regla general), después del cual la vivienda puede ser descalificada. Este régimen es, asimismo, fuente de numerosos fraudes que solo recientemente se han intentado atajar mediante la inscripción de las circunstancias de la vivienda en el registro de la propiedad. Por otra parte, no está claro que la vivienda protegida ayude a moderar los precios de la vivienda libre.
La reorientación de la vivienda protegida desde el mercado de la propiedad hacia el de alquiler es aún muy reciente y limitada. El Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 plantea como objetivo que un 40% de la nueva oferta de vivienda protegida sea en alquiler. Sin embargo, se niega en parte su objetivo al incluir la posibilidad del alquiler con opción a compra:
-Opción de venta al inquilino: antes de que se cumpla el plazo de 25 años, el arrendador podrá ofrecer en venta hasta el 50% de las viviendas a los inquilinos, con las siguientes condiciones:
o Sólo para las viviendas en alquiler a 25 años.
o Previa notificación a la CA.(DGA)
o Tendrán preferencia para adquirir las viviendas los inquilinos que hayan permanecido en régimen de alquiler durante al menos 5 años en dicha vivienda

Desde la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea), en cuyo proyecto crisis09.es se plantean que, debido a los factores expuestos, se debería suprimir la creación de nueva vivienda protegida en propiedad, especialmente en un contexto de exceso de oferta como el actual, y dedicar los recursos disponibles a financiar ayudas al alquiler de vivienda libre para personas con bajos niveles de renta.

También plantean que una adecuada reforma debería potenciar el mercado de alquiler mediante la liberalización de los contratos y el aumento de la seguridad jurídica de los propietarios, eliminar los incentivos fiscales a la compra de vivienda, reorientar la política de vivienda protegida hacia el mercado del alquiler y suprimir o reducir drásticamente el impuesto sobre transmisiones patrimoniales en la compraventa de vivienda. Estas medidas contribuirían a lograr un crecimiento más sostenido de la economía española y a la salida de la crisis actual.

Si quieres ampliar esta información, consulta la página de esta Fundación y su proyecto en: www.crisis09.es

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